Ministerio de Salud elimina las zonas y crea direcciones provinciales

Ministerio de Salud elimina las zonas y crea direcciones provinciales


El Ministerio de Salud Pública (MSP) oficializó un nuevo modelo de organización territorial que elimina las nueve Coordinaciones Zonales y las reemplaza por 24 Direcciones Provinciales, una en cada provincia del país. La decisión fue adoptada mediante un Acuerdo Ministerial suscrito por la vicepresidenta María José Pinto González Artigas, quien actúa como máxima autoridad encargada de la Cartera de Estado.

Ministerio de Salud elimina las zonas y crea direcciones provinciales
El Ministerio de Salud Pública oficializó un nuevo modelo de organización territorial que elimina las nueve Coordinaciones Zonales y las reemplaza por 24 Direcciones Provinciales.

La reestructura responde al cumplimiento de los Decretos Ejecutivos 70 y 108 de 2025, que establecen la aplicación de un esquema de desconcentración exclusivamente provincial. Como parte del proceso, también se aprobó el Análisis de Presencia Institucional en Territorio (APIT), documento técnico que sustenta la reorganización administrativa.

Con el nuevo modelo, la gestión sanitaria dejará de organizarse por zonas y pasará a un enfoque provincial. El MSP informó que el objetivo es fortalecer la rectoría sanitaria, optimizar la gestión institucional y garantizar la continuidad de los servicios públicos de salud en todo el territorio nacional.

La presencia institucional estará conformada por 24 Direcciones Provinciales y 129 Oficinas Técnicas, sumando 153 unidades desconcentradas. Las Direcciones Provinciales asumirán la coordinación, supervisión y gestión técnico-administrativa en cada jurisdicción. Las Oficinas Técnicas dependerán orgánicamente de estas direcciones y se ubicarán en cantones estratégicos o zonas con características poblacionales específicas, bajo criterios de cobertura y accesibilidad.

Con la entrada en vigencia del Acuerdo quedan sin efecto las nueve Coordinaciones Zonales y 92 Direcciones Distritales. Además, se derogan los acuerdos ministeriales emitidos en 2012 que dieron origen al modelo zonal. Los procesos de contratación pública, convenios y demás actos administrativos vigentes serán transferidos a la Dirección Provincial correspondiente, que asumirá también la representación legal.

El cronograma de transición establece que, en un plazo máximo de 20 días, los Viceministerios y Coordinaciones Generales deberán emitir lineamientos técnicos y administrativos para ejecutar el cambio. Posteriormente, en un período de hasta 180 días, se concretará la transferencia de bienes, recursos, talento humano y saldos presupuestarios. Durante este proceso, el Ministerio asegura que se mantendrá la continuidad de la atención sanitaria.

De manera transitoria, y por un máximo de 30 días tras la publicación del Acuerdo en el Registro Oficial, las entidades distritales que no se conviertan en Direcciones Provinciales continuarán realizando únicamente actividades indispensables para garantizar el servicio.

El informe técnico que respalda la medida recomienda que cada Dirección Provincial sea liderada por un profesional de la salud bajo el régimen de la Ley Orgánica de Carrera Sanitaria, con el fin de fortalecer la gestión territorial. Asimismo, los establecimientos que actualmente operan como Entidades Operativas Desconcentradas y no formen parte de la primera fase mantendrán ese esquema hasta el 31 de diciembre de 2026.

El Acuerdo entrará en vigencia una vez publicado en el Registro Oficial y marca el cierre del modelo zonal implementado hace más de una década, dando paso a una estructura provincial con oficinas técnicas como soporte operativo en territorio.

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